Day

marzo 12, 2020
Las deudas, tanto en periodo voluntario como ejecutivo, podrán aplazarse o fraccionarse en los términos que se fijen reglamentariamente, previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos. Sobre deudas aplazables, términos fijados y plazos establecidos. Se puede postergar el pago de buena...
Read More