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- 12-3-2024 | Consejo General del Poder Judicial
- Además, en la resolución se estableció un sistema de patria potestad y custodia compartida para los dos hijos de los litigantes, junto a una pensión de alimentos para los menores.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra (LA LEY 392474/2023), con sede en Vigo, ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Vigo -especializado en Familia- en un proceso de divorcio, en la que decretó, dentro de la regularización de las relaciones familiares, que la mascota del matrimonio se quedaría al cuidado de la mujer y que se abonarían por la mitad los gastos extraordinarios y de veterinario.
Además, tal y como consta en el fallo de primera instancia, el exmarido “contribuirá al gasto del animal con la suma de 40 euros al mes, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y actualizable anualmente conforme al IPC”. En la resolución, además de declarar disuelto el matrimonio por divorcio y fijar esa pensión mensual para el perro, se estableció un sistema de patria potestad y custodia compartida para los dos hijos de los litigantes, junto a una pensión de alimentos para los menores.