El TS analiza la responsabilidad en un accidente entre una moto y un vehículo que se adentró en una vía principal desde una vía secundaria en la que había una señal de Stop que regulaba el cruce

Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 60/2023, 23 Ene. Recurso 2526/2019 (LA LEY 8383/2023)

Diario LA LEY, Nº 10266, Sección Sentencias y Resoluciones, 13 de Abril de 2023, LA LEY2 minCIVIL

Descarta la existencia de culpa exclusiva del motorista y tampoco aprecia que este incurriese en un aporte concausal, de intensidad o valor suficiente, para acudir al mecanismo de la concurrencia de culpas.

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En el caso de autos, se ejercita una acción de resarcimiento de daños y perjuicios sufridos como consecuencia de un accidente de circulación consistente en la colisión del turismo asegurado en la compañía demandada con la motocicleta conducida por el demandante.

La cuestión que se plantea es la determinación de la responsabilidad en el siniestro, toda vez que el mismo se produjo cuando el vehículo se adentró en una vía principal, por la que circulaba el motorista, desde una vía secundaria en la que había una señal de Stop que regulaba el cruce.

La Audiencia Provincial de A Coruña confirmó la sentencia dictada en primera instancia que apreció la excepción de culpa exclusiva de la víctima pues estimó que la causa directa de la colisión fue la conducta del motorista lesionado por circular a velocidad inadecuada para el tipo de carretera y tramo curvo por el que transitaba, unido a una conducción poco atenta.

Sin embargo, el Tribunal Supremo revoca dicha decisión y declara tanto la inexistencia de culpa exclusiva del motorista como de una concurrencia de culpas.

Para llegar a dicha conclusión analiza las circunstancias concurrentes, destacando que la colisión se produjo en una intersección de vías, en la que el motociclista circulaba por la carretera preferente, mientras que el vehículo asegurado en la entidad demandada accedía por una vía secundaria, en la que, además, había una señal de Stop, que regulaba el cruce. La maniobra que pretendía llevar a efecto el conductor del automóvil era adentrarse en la vía preferente, tomar la curva existente, pararse en sus proximidades y penetrar acto seguido en una propiedad.

Todas estas maniobras no son autónomas o independientes entre sí, sino de realización planificada con evidente conexión espacio temporal, que suponen un obstáculo y riesgo para la circulación de otros vehículos, máxime cuando en las proximidades había una curva que impedía la visibilidad. Además, el conductor del vehículo conocía o debía conocer que detrás de él circulaba una moto.

Para la Sala lo prudente hubiera sido, al ver al motorista, dejarlo pasar, lo que supondría unos escasos segundos, y no apurar la introducción en la vía preferente, para luego realizar las precitadas maniobras. No lo hizo así, el automovilista optó entre las alternativas que disfrutaba -dejar pasar al motorista o penetrar en la vía principal- por la conducta menos diligente, cuando su intención era detenerse en la calzada en las inmediaciones de una curva, lo que constituía una indiscutible situación objetiva de riesgo.

Asimismo, el Alto Tribunal declara que el motorista circulaba dentro de los límites de la velocidad pautada a velocidad inadecuada, ni pudiendo afirmarse que desatento a la circulación pues existen huellas de frenada que revelan una acción de defensa y evitación de la colisión. Además, la curva le impedía ver la maniobra que pretendía llevar a efecto el conductor del turismo.

Atendiendo a todos estos datos, el Supremo descarta la existencia de culpa exclusiva de la víctima. Y tampoco aprecia que el motorista haya incurrido en un aporte concausal, de intensidad o valor suficiente, para acudir al mecanismo de la concurrencia de culpas. Por ello concluye que la demanda debe ser íntegramente estimada.Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioConozco y acepto las condiciones sobre protección de datosLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.Introduce el código que aparece en la imagencaptchaEnviar

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