Audiencia Provincial Barcelona, Sentencia 15 Julio 2021
Diario La Ley, Nº 9987, Sección Jurisprudencia, 12 de Enero de 2022, Wolters Kluwer
Malestar del menor ante el hecho de que las visitas a su hermana se realizaran en presencia de la madre de la misma, expresando las razones por las que no quería relacionarse con la madre.
Audiencia Provincial Barcelona, Sentencia 496/2021, 15 Jul. Recurso 302/2021 (LA LEY 159894/2021)
La Audiencia Provincial de Barcelona confirma el derecho del hijo menor de la demandante a relacionarse con su hermana, hija de su padre y de la nueva pareja de este.
El hijo dejó de relacionarse con su hermana cuando la relación con su padre se cortó porque decidió no acudir más al domicilio paterno a causa del maltrato psicológico por parte de la pareja de dicho progenitor, ante el consentimiento del mismo.
El menor expresó claramente las razones por las que no quería relacionarse con la madre de su hermana.
Por su parte, el padre, pese a tener un régimen de visitas muy amplio con el menor, no ha hecho nada porque se cumpla, lo que denota falta de interés, cuanto no desidia, a pesar de los esfuerzos del menor de ver a su hermana.
Asimismo, ha resultado acreditado el obstáculo básico que el padre y su pareja le imponían, pues le decían que solo podía ver a su hermana en presencia de la madre de la misma a sabiendas del malestar del menor.
Por este motivo, y con el fin de garantizar la estabilidad emocional de los menores, las visitas deberán efectuarse fuera del domicilio paterno y sin la presencia de la madre de la hermana.