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- 3-3-2023 | Consejo General del Poder Judicial
- El órgano que como experiencia piloto nacional protege a los/as menores víctimas de delito practica la primera prueba preconstituida con un niño o niña que declara desde su casa. La prueba evita que tenga que asistir al juicio oral. El sistema monitoriza la frecuencia cardiaca y el nivel de estrés mientras se practica la prueba.
El Juzgado de Violencia contra la Infancia y adolescencia (Instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria), que funciona como experiencia piloto nacional desde el 1 de octubre de 2021, realizó ayer jueves 2 de febrero la primera toma de la declaración de una víctima menor de edad de un delito contra la libertad sexual desde su propio domicilio, lugar designado por la propia víctima para prestar testimonio.
La magnitud de la novedad en este caso es que la declaración tendrá el valor de una prueba preconstituida, de modo que la víctima no tendrá que acudir al acto del juicio oral, si este se produce.
Mientras el juez interrogaba a la víctima en su domicilio en el partido judicial de San Bartolomé de Tirajana, el resto de las partes, cuya intervención es obligatoria -Ministerio Fiscal, profesionales de la abogacía de la perjudicada y del investigado, así como éste escuchaban y veían todo desde la sala de observación de las dependencias del juzgado especializado de la Ciudad de la Justicia, en Las Palmas de Gran Canaria.
Al concluir el interrogatorio judicial, las partes pudieron hacer a la víctima, a través del magistrado, cuantas preguntas estimaron procedentes, asegurando así el pleno respeto a los principios de contradicción y defensa, pero al mismo tiempo, atendiendo a las especiales circunstancias de vulnerabilidad de la víctima.
Tanto durante como al concluir la declaración, la frecuencia cardíaca y niveles de estrés de la presunta víctima fueron estables y óptimos, elementos que el juzgado registra mediante pulseras que porta la víctima con el fin de asegurar su bienestar durante la declaración.
Este modo de realizar la denominada prueba preconstituida -que evita que las personas denunciantes tengan que acudir al acto del juicio, al quedar grabado su testimonio, con los requisitos mencionados- se revela esencial para casos de presuntas víctimas con discapacidad, determinados trastornos en los que un cambio de espacio pueda incidir en su testimonio o personas especialmente vulnerables necesitadas de especial protección.
Medios adecuados
Todo lo relatado, detalla el juzgado, ha sido posible a partir del impulso de la Consejería de Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias y del apoyo firme de la viceconsejera de Justicia, Carla Vallejo, para la dotación de los medios precisos que permitieran realizar una diligencia de un modo hasta ahora desconocido, se subraya desde el órgano judicial. Mediante la dotación de los dispositivos técnicos adecuados (denominados Bird en el ámbito profesional) el personal del juzgado puede conectarse telemáticamente desde cualquier punto de la Isla con la Ciudad de la Justicia), logrando que el testimonio de la víctima quede grabado en alta resolución, tanto la imagen como el sonido.
Ley de Protección a la Infancia y Adolescencia
La conocida como Lopivi (Ley Orgánica de Protección a la Infancia y Adolescencia) y, en el marco de su desarrollo, la estrategia nacional de erradicación de la violencia contra la infancia y adolescencia remarcan la necesidad de crear y fomentar entornos protectores, se enfatiza desde el órgano judicial.
Los sistemas amigables son multidisciplinares, practican la atención integral y comunican y se coordinan entre ellos, poniendo el bienestar del niño, niña o adolescente en el centro. Evitar la revictimización o victimización secundaria es uno de sus objetivos.